Articulo 5 Prórroga de medidas derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y adopción de medidas urgentes en materia fiscal, energética y social
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»Artículo 5. Prórroga de los beneficios fiscales establecidos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre Actividades Económicas para la isla de La Palma.
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Se prorrogan para el ejercicio 2024 los beneficios fiscales establecidos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre Actividades Económicas por el artículo 25 del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.
