Articulo 5 Reestructuración de la Casa de S. M. el Rey.
Artículo 5
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1. El Cuarto Militar constituye la representación de honor de la institución militar, al servicio inmediato del Rey, dentro de la Casa de Su Majestad.
2. Estará formado por:
Un oficial general en situación administrativa de servicio activo, que será primer ayudante de Su Majestad el Rey y Jefe del Cuarto Militar, dependiendo de él a todos los efectos la Guardia Real, por delegación del Jefe de la Casa.
Los ayudantes de campo de Su Majestad el Rey, de los empleos militares de coronel o capitán de navío, teniente coronel o capitán de fragata, comandante o capitán de corbeta, en situación administrativa de servicio activo, pertenecientes al Ejército de Tierra, la Armada, el Ejército del Aire y el Cuerpo de la Guardia Civil.
Asimismo se integrarán en el Cuarto Militar los ayudantes de campo que, en un futuro, se designen a Su Alteza Real la Princesa de Asturias.
Un Gabinete.
3. Tanto el Jefe del Cuarto Militar como los demás ayudantes de campo de Su Majestad el Rey y los ayudantes de campo de Su Alteza Real la Princesa de Asturias, al cesar en su cargo, conservarán el carácter de ayudantes honorarios.
- Modificación realizada (5 (apdos. 2 y 3)) por Real Decreto 772/2015, de 28 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey.
(BOE de 29-08-2015) en vigor desde 29-08-2015 - Modificación realizada (5) por REAL DECRETO 1183/2006, de 13 de octubre, de modificacion del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuracion de la Casa de Su Majestad el Rey.
(BOE de 14-10-2006) en vigor desde 15-10-2006 - Artículo modificado (5 (apdo. 3)) por REAL DECRETO 1033/2001, de 21 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre la reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey, y el Real Decreto 725/1993, de 14 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 2157/1977, de 23 de julio, de creación del distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey.
(BOE de 22-09-2001) en vigor desde 23-09-2001
