Articulo 5 Registro Gener...nistración

Articulo 5 Registro General Electrónico de Convenios de la Administración

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Artículo 5. Contenido de los convenios.

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1. Los convenios que se suscriban podrán incluir cualesquiera pactos, cláusulas y condiciones, siempre que sean conformes con el interés público, el orden constitucional y estatutariamente establecido y con el resto del ordenamiento jurídico.

2. En todo caso deberán especificar, cuando así proceda, los siguientes extremos.

- a) Título, que indicará las personas o entidades que lo suscriben, así como el contenido u objeto del convenio.

- b) Las partes que celebran el convenio, así como la capacidad jurídica con que actúa cada una de ellas y la representación de los firmantes.

- c) Los títulos competenciales que fundamentan la actuación y las razones que la motivan.

- d) El objeto del convenio: Bases, objetivos y ámbitos materiales del régimen de colaboración.

- e) El plazo de vigencia así como la posibilidad de prórroga en caso de existir.

- f) Causas de modificación y extinción, así como la forma de terminar las actuaciones cuando ésta se produzca.

- g) Cuando del acuerdo se deriven derechos u obligaciones de contenido económico para las partes, se indicará la parte o partes que asumen el gasto, la forma de realizar los pagos y la aplicación presupuestaria o concepto similar a la que se imputan.

- h) Las actuaciones que se acuerden desarrollar por cada una de las partes para el cumplimiento del objeto y a qué parte o partes corresponde la titularidad de los resultados.

- i) Las medidas a adoptar para realizar el control y seguimiento de las actuaciones de las partes en orden a la consecución de los fines previstos.

- j) En el caso de establecer una organización para su gestión se deberán concretar los miembros que la componen, sus funciones, la periodicidad de las reuniones y el mecanismo de toma de decisiones.

- k) La legislación aplicable así como la referencia el orden jurisdiccional que proceda para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación del acuerdo.

- l) El lugar y la fecha en que se suscribe.