Articulo 5 Reglamentación...ibraciones

Articulo 5 Reglamentación de Ruidos y Vibraciones

Ver Indice
»

Artículo 5.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Con excepción de las definiciones específicas señaladas en los artículos 6., 7., 8., 9., 10. y 11. de este Reglamento, se adoptarán las definiciones acústicas, notaciones y unidades, que figuran en la Norma Básica de la Edificación Condiciones Acústicas de los Edificios, Real Decreto 1909/1981, de 24 de julio y modificaciones posteriores, NBE-CA-88.