Articulo 5 Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento
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»Artículo 5. Tipologías.
Vigente
1. La modalidad hotelera comprende los siguientes tipos de establecimientos:
a) Hotel.
b) Hotel urbano.
c) Hotel emblemático.
d) Hotel rural.
2. La modalidad extrahotelera comprende los siguientes tipos de establecimientos:
a) Apartamento.
b) Villa.
c) Casa emblemática.
d) Casa rural.
e) Vivienda vacacional.
Modificaciones
- Artículo modificado por DECRETO 113/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
(BOC de 28-05-2015) en vigor desde 29-05-2015