Articulo 5 Reglamento de actuaciones arqueológicas
D. 107/2017, de 28 de julio, C.Valenciana, Reglamento de regulación de las actuaciones arqueológicas
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»Artículo 5. Requisitos profesionales para llevar a cabo actuaciones arqueológicas
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Las personas encargadas de la dirección técnica de actuaciones arqueológicas deberán contar necesariamente con la titulación de licenciado o licenciada en Geografía e Historia, Historia o Humanidades o título universitario oficial de grado acorde con la materia más título de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para la realización de actuaciones arqueológicas con carácter profesional.
