Artículo 5 Reglamento Org...de Navarra

Artículo 5 Reglamento Orgánico del Tribunal Administrativo de Navarra

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Artículo 5. Funciones de la presidencia del Tribunal.

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1. La persona que desempeñe la presidencia del Tribunal Administrativo de Navarra ostentará su representación y desempeñará las restantes funciones propias de su condición, así como la presidencia de la Sección Primera.

2. Serán funciones de la presidencia del Tribunal las siguientes:

a) Convocar, cuando lo estime necesario, las sesiones del pleno y presidir y dirigir sus deliberaciones.

b) Desempeñar las funciones de dirección orgánica y funcional del Tribunal.

c) Ejercer la jefatura superior de todo el personal.

d) Autorizar con su firma las providencias, salvo las de sección, así como la correspondencia con otros órganos, así como realizar cuantas actuaciones administrativas resulten necesarias para el correcto funcionamiento del Tribunal y no estén atribuidas o delegadas a otros órganos del mismo.

e) Delegar en las personas que desempeñen presidencias de sección las competencias que considere convenientes en interés del servicio.

f) Las demás funciones atribuidas en virtud de lo previsto en este Reglamento o en otras disposiciones.