Artículo 5 Reglamento de ...es Balears

Artículo 5 Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Consultivo de las Illes Balears

Ver Indice
»

Artículo 5. Declaración de no estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Antes de tomar posesión del cargo, los consejeros nombrados por el decreto del presidente de las Illes Balears deben presentar ante la autoridad que los haya designado, el Parlamento o el Consejo de Gobierno, una declaración en la que se manifieste que no incurren en ninguna de las incompatibilidades que figuran en el artículo 13 de la Ley 5/2010.

2. El presidente de las Illes Balears o la Mesa del Parlamento han de resolver las incompatibilidades en relación con las personas que hayan designado, respectivamente, el Gobierno o el Parlamento. Esta resolución se tiene que dictar también antes de la toma de posesión.