Articulo 5 el que se regu...lla y León

Articulo 5 el que se regula el procedimiento para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción en la Comunidad de Castilla y León

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Artículo 5. Órgano competente.

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Se designa órgano competente en materia de certificación de eficiencia energética de edificios en la Comunidad de Castilla y León a la Consejería competente en materia de energía.