Artículo 5 Se regula el Sistema de recepción y salida de documentos y las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
Artículo 5.- Funcionamiento del Registro Electrónico General.
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1. El Registro Electrónico General permitirá la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones todos los días del año durante las veinticuatro horas. Esta recepción podrá ser interrumpida, cuando concurran razones justificadas de mantenimiento técnico u operativo, por el tiempo imprescindible para su resolución. La interrupción deberá anunciarse a las potenciales personas usuarias del registro con la máxima antelación que permitan las circunstancias, en el propio registro y en la sede electrónica.
2. Los asientos de registro se anotarán respetando el orden temporal de recepción o salida de los documentos e indicarán la fecha del día en que se produzcan. Concluido el trámite de registro, los documentos serán cursados electrónicamente a las personas destinatarias desde el registro en que hubieran sido recibidos.
3. El Registro Electrónico General garantizará la constancia, en cada asiento que se practique, de un número asignado por el propio registro, epígrafe expresivo de su naturaleza, fecha y hora de su presentación, identificación de la persona interesada u órgano administrativo remitente, si procede, persona u órgano administrativo al que se envía y breve referencia al contenido del documento que se registra, de forma precisa y sencilla.
Para ello, se emitirá automáticamente un recibo consistente en una copia auténtica del documento de que se trate, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de registro de entrada, así como un recibo acreditativo de otros documentos que acompañen, si procede, que garantice la integridad y el no repudio de los mismos.
4. Para la presentación en el Registro Electrónico General las personas interesadas podrán utilizar los sistemas de identificación y firma previstos en la normativa que regula la utilización de los medios electrónicos y la política de identificación y autenticación en el ámbito de la administración electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
