Articulo 5 Requisitos para la autorización de las Viviendas Tuteladas para personas con discapacidad o con enfermedad mental crónica.
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»Artículo 5. Finalidad.
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Las Viviendas Tuteladas tienen como finalidad proporcionar un recurso de alojamiento, convivencia y soporte lo más normalizado posible que facilite, en las mejores condiciones de confort y calidad de vida, la inserción en la comunidad de las personas a las que están destinadas
