Articulo 5 residuos de aparatos eléctricos y electrónicos
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Artículo 5. Coordinación en materia de RAEE.

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Este real decreto establece el marco jurídico de gestión de los RAEE y de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor de AEE de conformidad con lo dispuesto en el Título IV de la Ley 22/2011, de 28 de julio, y con el desarrollo efectuado en el capítulo VIII de esta norma. La coordinación de la gestión de los RAEE corresponde a las autoridades competentes a través de la Comisión de Coordinación en materia de residuos. Para el cumplimiento de estas funciones, la Comisión de Coordinación se apoyará en un grupo de trabajo especializado en esta materia, de acuerdo con el artículo 13.4 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, a través de los instrumentos previstos en el capítulo X.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-02-2015 en vigor desde 22-02-2015