Articulo 5 Reutilización ...-Derogada-

Articulo 5 Reutilización de la información del sector público -Derogada-

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Artículo 5. Formatos disponibles

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1. Los organismos del sector público facilitarán sus documentos en cualquier formato o lengua en que existan previamente y, siempre que sea posible y apropiado, en formato legible por máquina y conjuntamente con sus metadatos. Tanto el formato como los metadatos, en la medida de lo posible, deben cumplir normas formales abiertas.

2. El apartado 1 no supone que los organismos del sector público estén obligados, para cumplir dicho apartado, a crear documentos, adaptarlos o facilitar extractos de documentos, cuando ello suponga un esfuerzo desproporcionado que conlleve algo más que una simple manipulación.

3. Con arreglo a la presente Directiva, no podrá exigirse a los organismos del sector público que mantengan la producción y el almacenamiento de un determinado tipo de documento con vistas a su reutilización por una entidad del sector privado o público.