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Articulo 5 seguimiento Medidas en Galicia para hacer frente a la crisis sanitaria

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Quinto. Eficacia, seguimiento y evaluación

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La eficacia de las medidas previstas en este decreto comenzará en el momento indicado respecto a cada una de ellas en los puntos primero, segundo y tercero, y se mantendrá hasta las 15.00 horas del 4 diciembre de 2020.

No obstante lo anterior, en cumplimiento de los principios de necesidad y de proporcionalidad, las medidas deberán ser objeto de seguimiento y de evaluación continua, a fin de garantizar su adecuación a la situación epidemiológica y sanitaria y a los efectos, de ser necesario, de su modificación o levantamiento.