Articulo 5 Sociedades cooperativas de Illes Balears
Ver Indice
»Artículo 5. Domicilio social
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las sociedades cooperativas, las federaciones, las uniones y las confederaciones de cooperativas reguladas por la presente ley deben tener su domicilio social en el territorio de las Illes Balears, en el lugar donde realicen preferentemente sus actividades.
