Articulo 50 Administración Local
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»Artículo 50. Tenientes de Alcalde.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 9/2009, de 22 de diciembre, reguladora de los Concejos Abiertos.
(BOA de 30-12-2009) en vigor desde 31-12-2009