Articulo 50 Caza de La Rioja -Derogada-
Ver Indice
»Artículo 50. Inexistencia de plan técnico de caza.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El ejercicio de la caza en terrenos cinegéticos sin haber sido aprobado el preceptivo plan técnico de caza o la presentación de la información complementaria anual constituirá infracción muy grave tipificada en el artículo 81.6 de la presente Ley.
