Articulo 50 Convenio Econ...de Navarra

Articulo 50 Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 50. Participación de las Entidades Locales de Navarra en los tributos del Estado.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las entidades locales de Navarra participarán en los ingresos tributarios del Estado, en la parte correspondiente a aquellos tributos cuya exacción no corresponda a la Comunidad Foral, según las normas del presente convenio.