Articulo 50 Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha
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»Artículo 50.
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Corresponde al Consejo de Gobierno:
Aprobar los Reglamentos Generales de sus propios tributos.
Elaborar las normas reglamentarias precisas para gestionar los impuestos estatales cedidos de acuerdo con los términos de dicha cesión.
