Articulo 50 Medidas ante el reto demográfico y territorial
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Artículo 50. Unidades de convalecencia sociosanitaria y hospitalización a domicilio.

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Dentro del nivel de atención especializada, el Servicio Extremeño de Salud potenciará la hospitalización a domicilio y las unidades de convalecencia sociosanitaria, como fórmulas que combinan una adecuada atención con el mantenimiento del paciente en su entorno. Dichas modalidades se implementarán, de forma especial, para personas mayores y con enfermedades crónicas.

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  • Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022