Articulo 50 Políticas de ...e Cataluña

Articulo 50 Políticas de juventud de Cataluña

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Artículo 50. Financiación del Proyecto territorio.

Vigente

1. La financiación de los instrumentos de ejecución de las políticas de juventud de los gobiernos locales corresponde a los titulares de dichos instrumentos.

2. La Administración de la Generalidad puede contribuir a la financiación de los instrumentos de ejecución de las políticas de juventud de los gobiernos locales atendiendo a los criterios a los que se refiere la presente ley, acordados mediante el Plan nacional de juventud de Cataluña.