Articulo 50 Presupuestos 2015 La Mancha

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Artículo 50. Autorización de los costes de personal de la Universidad de Castilla-La Mancha.

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1. De conformidad con lo establecido en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los costes del personal docente e investigador y de administración y servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha, sin incluir trienios, costes sociales y Seguridad Social, se autorizan en las siguientes cuantías.

a) Para los costes del personal docente e investigador, sin incluir proyectos y contratos de investigación, enseñanzas propias y actividades extraordinarias: 71.523.841,00 euros, incluidos los méritos docentes y el complemento de calidad docente.

b) Para los costes del personal de administración y servicios, sin incluir los de personal de apoyo a los proyectos y contratos de investigación, enseñanzas propias y actividades extraordinarias: 32.991.060,00 euros.

2. Los costes de personal autorizados en el apartado anterior podrán ser superados en la cuantía imprescindible para atender al pago de las cantidades que, en concepto de recuperación de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, proceda abonar a los empleados públicos al servicio de la Universidad de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoctava de esta ley.