Articulo 50 Prevención y ... edificios

Articulo 50 Prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios

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Artículo 50. Vigencia de la autorización.

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El plazo de vigencia de la autorización y los términos y condiciones de las posibles prórrogas deben establecerse por reglamento.