Articulo 50 Procedimiento de admisión del alumnado
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»Artículo 50. Valoración de las solicitudes en los centros demandados en segunda y siguientes opciones
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Los centros que hayan sido solicitados en segunda y siguientes opciones validarán, verificarán y puntuarán, a través de la correspondiente aplicación informática, los criterios referidos a su centro que a continuación se indican
1. Padres/madres o representantes legales trabajadores en el centro.
2. Proximidad de domicilio.
3. Circunstancia específica.
