Articulo 50 procedimiento de comite procedimiento estados financieros anuales, e...660/CEE y 83/349/CEE
Articulo 50 procedimiento de comite procedimiento estados financieros anuales, estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, y modifica la Directiva 2006/43/CE y deroga Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE
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»Artículo 50 Procedimiento de comité
Vigente
1. La Comisión estará asistida por un comité. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) nº 182/2011.
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 5 del Reglamento (UE) nº 182/2011.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2013 en vigor desde 29-06-2013