Articulo 50 Proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas
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»Artículo 50.
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El Instituto Vasco de Administración Pública ostentará la competencia para resolver los expedientes de exenciones en el cumplimiento de los perfiles lingüísticos, con respecto a los empleados públicos de la Administración General de la Comunidad Autónoma.
Transcurridos seis meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, deberá entenderse desestimada la solicitud.
