Artículo 50 promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia
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»Artículo 50. Fomento de la implantación de proyectos de autoconsumo basados en energías renovables en áreas empresariales
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Los promotores públicos y privados de suelo empresarial en la Comunidad Autónoma de Galicia fomentarán, en la planificación, ordenación, desarrollo y ejecución de las áreas empresariales que promuevan, la implantación de proyectos de autoconsumo basados en energías renovables, con la finalidad de favorecer el impacto social, económico y ambiental de estas modalidades de generación de energía, así como la existencia de alternativas de suministro de proximidad para las empresas y consumidores finales y su participación activa en su abastecimiento energético.
