Articulo 50 Reglamento General de la Ley de Salario Social Básico
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»Artículo 50. Circunstancias relevantes para graduar los efectos de la suspensión o la extinción
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Para acordar la duración de la suspensión o la medida de la extinción con arreglo a lo dispuesto en las dos secciones anteriores de este capítulo, se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:
a) La existencia de intencionalidad o reiteración.
b) La naturaleza de los perjuicios causados.
c) La cuantía de la prestación económica indebidamente percibida.
d) La reincidencia.
