Articulo 50 Transparencia y acceso a la información pública de Canarias
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»Artículo 50.- Costes de acceso a la información.
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El acceso a la información será gratuito. No obstante, la obtención de copias y la transposición a formatos diferentes del original podrán estar sujetas al pago de las tasas establecidas de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora propia de la Comunidad Autónoma.
