Articulo 51 Aguas y Ríos
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Artículo 51. Actualización del Plan Medioambiental del Ebro y del Bajo Cinca.

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1. El Plan Medioambiental del Ebro y del Bajo Cinca se concibe como un documento de planificación de la Comunidad Autónoma en el ámbito de sus competencias, que abarca al menos el espacio geográfico del eje del Ebro y del Bajo Cinca dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón, y que incluye el análisis de situación y propuestas de actuaciones relacionadas con la biodiversidad, la calidad del agua, los usos del suelo, el paisaje, la actividad económica, el ocio, la cultura, el planeamiento y los riesgos.

2. El Gobierno de Aragón actualizará el Plan Medioambiental del Ebro y del Bajo Cinca de conformidad con lo previsto en el artículo 54.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-12-2014 en vigor desde 10-06-2015