Articulo 51 Arancel de derechos de los profesionales de la Procura
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»Artículo 51. Recurso de queja.
Vigente
En los recursos de queja, el profesional de la Procura percibirá como máximo la cantidad de 40,12 euros.
En los recursos de queja, el profesional de la Procura percibirá como máximo la cantidad de 40,12 euros.