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Articulo 51 Atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos

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Artículo 51.- Quejas, sugerencias y comunicación de incumplimientos.

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1.- Cualquier persona podrá presentar quejas y sugerencias, así como comunicar cualquier posible incumplimiento de los requisitos de accesibilidad de un sitio web o de una aplicación para dispositivos móviles y podrá solicitar la información excluida.

2.- Todas las quejas, sugerencias y comunicaciones de incumplimientos en materia de accesibilidad de sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles, cualquiera que sea su modalidad de las previstas en la normativa vigente se tramitarán conforme a lo dispuesto en el capítulo II del título X del presente Decreto en el Sistema Corporativo de Quejas y Sugerencias de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración institucional, y, en todo caso, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.