Articulo 51 biodiversidad y patrimonio natural
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»Artículo 51. Espacios naturales compartidos por varias comunidades autónomas.
Vigente
En los casos en que un espacio natural protegido de La Rioja tenga continuidad en el territorio de otra u otras comunidades autónomas, se podrán establecer, de común acuerdo entre las comunidades autónomas implicadas, adecuadas fórmulas de colaboración.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-02-2023 en vigor desde 28-02-2023