Articulo 51 Carreteras de Álava

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Artículo 51.- Presentación de documentos.

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La solicitud de permiso de policía deberá estar acompañada en todo caso, del correspondiente proyecto o memoria técnica que defina la obra o uso a autorizar en la carretera afectada, a fin de que el órgano competente pueda comprobar la adecuación entre lo solicitado y las determinaciones de las disposiciones y planes aplicables.

Las solicitudes de permiso de policía se presentarán en el Registro General de la Diputación Foral acompañadas de la expresada documentación.

Si se advirtieran deficiencias subsanales en la documentación presentada, el órgano competente de la Diputación Foral se lo advertirá al peticionario para que dentro de los diez días siguientes corrija los defectos que se le señalen, con apercibimiento de que en caso contrario se archivarán sin más las actuaciones.