Articulo 51 Concierto Eco...País Vasco

Articulo 51 Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco

Ver Indice
»

Artículo 51. Participaciones en favor de las Entidades locales del País Vasco en los ingresos por tributos no concertados.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En los supuestos de aportación indirecta mediante participaciones en tributos no concertados, las Diputaciones Forales distribuirán las cantidades que, a tenor de las normas de reparto de carácter general, correspondan a las Entidades locales de su respectivo Territorio Histórico.