Artículo 51 se establecen...s embalses

Artículo 51 se establecen los procedimientos administrativos derivados de las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses

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Artículo 51. Iniciación del procedimiento.

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1. El cese definitivo de la explotación de una presa y su embalse estará sujeto a un procedimiento de puesta fuera de servicio en el que los criterios de seguridad a adoptar están establecidos en el apartado 34 y siguientes de la NTS III.

2. El procedimiento de puesta fuera de servicio se iniciará con la presentación de la solicitud de aprobación del proyecto de puesta fuera de servicio dirigida a la Confederación Hidrográfica, junto con el correspondiente proyecto, que deberá definir todas las actuaciones de acondicionamiento preciso de la infraestructura, entorno y zona de influencia, recogiendo las medidas necesarias para garantizar tanto la seguridad de la presa como la de su entorno, especialmente en cuanto atañe a la capacidad de descarga y evacuación de caudales.

3. El plazo para solicitar el inicio del procedimiento será de tres (3) meses desde la fecha de la notificación de la resolución que declare la extinción de la concesión que acuerde su puesta fuera de servicio.