Articulo 51 Estadística de Canarias
Ver Indice
»Artículo 51. Procedimientos y sanciones al personal estadístico.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los procedimientos y las sanciones aplicables a las infracciones a que se refiere el artículo anterior, se regularán de acuerdo con lo establecido en la legislación específica que, en cada caso, corresponda.
