Articulo 51 Impuesto sobr...as del THG

Articulo 51 Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas del THG

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Artículo 51. Reinversión en los supuestos de transmisión de vivienda habitual.

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1. Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total obtenido en la transmisión se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual en las condiciones que reglamentariamente se determinen.

A estos efectos, el contribuyente deberá ostentar la plena propiedad sobre ambas viviendas, sin que tal consideración quede desvirtuada porque esta propiedad se comparta con otros cotitulares.

Apartado 1 redactado por la Norma Foral 13/2012, de 27 de diciembre, con efectos a partir del 1 de enero de 2012.

2. Cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida.