Articulo 51 Juego y apuestas y de prevención del juego problemático y patológico
Articulo 51 Juego y apues...patológico

Articulo 51 Juego y apuestas y de prevención del juego problemático y patológico

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 51. Derechos y obligaciones de los usuarios.

Vigente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min


1. Los usuarios o participantes de los juegos y apuestas tienen los derechos siguientes:

a) A un trato considerado y respetuoso.

b) Al tiempo de uso correspondiente al precio de la jugada o apuesta de que se trate.

c) Al conocimiento de la identidad de la empresa organizadora, explotadora o comercializadora.

d) A recibir información clara, veraz y suficiente sobre las reglas particulares que rigen los juegos, así como acerca de las medidas de juego responsable.

e) Al cobro del premio que pudiera corresponder, según su reglamentación específica.

f) A jugar libremente, sin coacciones o amenazas provenientes de otras personas jugadoras, del personal del establecimiento de juego o de cualquier otra tercera persona, así como el derecho a que el juego se desarrolle de manera limpia y con sujeción a la normativa legal.

g) A conocer en todo momento el importe jugado o apostado en los juegos realizados a través de medios electrónicos, telemáticos o interactivos, así como a comprobar su saldo en el caso de disponer de una cuenta de usuario abierto con la empresa de gestión y explotación de juegos.

h) A tener a su disposición de forma inmediata las hojas de reclamaciones y, en su caso, a la formulación de las quejas que se estime oportunas.

i) A que su identificación se realice de manera segura, mediante la exhibición del documento nacional de identidad, pasaporte o documento equivalente, certificado digital emitido por una entidad acreditada, con sujeción a las disposiciones relativas a la protección de datos de carácter personal que se encuentren vigentes.

j) A recibir información de la adhesión a la Junta Arbitral de Consumo de La Rioja, cuando la empresa organizadora, comercializadora o explotadora se encuentre adherida a ella.

2. Las organizaciones de consumidores y usuarios tienen derecho a la información sobre las sanciones firmes que se hayan impuesto a las empresas de juego por infracciones contra los derechos de los consumidores.

3. Los usuarios o participantes en los juegos tienen las siguientes obligaciones:

a) Identificarse ante las empresas titulares de las autorizaciones de juegos y apuestas para el cumplimiento de los requisitos de control de acceso y participación en los mismos.

b) Observar y cumplir las normas y reglas de los juegos en los que participen.

c) Respetar el derecho de admisión de los locales, así como el orden y normal desarrollo de los juegos.

d) Aceptar los principios del juego con responsabilidad.

e) Mantener una actitud respetuosa hacia el personal del establecimiento y otros usuarios.

f) Utilizar de manera apropiada el material, máquinas y elementos de los juegos y apuestas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-03-2022 en vigor desde 31-03-2022