Articulo 51 Organización Institucional, Gobierno y Administración
- Todas las referencias a «Diputados Forales», «Procuradores-Junteros», «los altos cargos», «los miembros», «los ciudadanos», «Directores Generales», «los representantes», quedan sustituidas, respectivamente, por las referencias a «diputadas y diputados forales», «junteros y junteras», «las y los altos cargos», «las y los miembros», «las ciudadanas y ciudadanos», «directoras y directores generales» y «las personas representantes».
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»Artículo 51. Pensión vitalicia.
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(SUPRIMIDO)
Modificaciones
- Modificación realizada (51 (se suprime)) por NORMA FORAL 3/2013, de 3 de julio, por la que se modifica la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
(SS de 09-07-2013) en vigor desde 01-08-2013 - Artículo modificado (51 (apdo. 2)) por NF 8/2007, de 23-11, que modifica NF 6/2005 sobre Organiz. Institucional, Gobierno y Admon. del THG en materia de incompatib., prestac. econom. por cese y pensiones de miembros DFG
(SS de 29-11-2007) en vigor desde 30-11-2007
