Articulo 51 Presupuestos 2007 Cataluña
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»Artículo 51. Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña; Consejo del Audiovisual de Cataluña, y Agencia Catalana de Protección de Datos.
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1. Las dotaciones presupuestarias de las secciones .Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña., .Consejo del Audiovisual de Cataluña. y .Agencia Catalana de Protección de Datos. deben entregarse en firme, por cuartas partes, a nombre del correspondiente organismo.
2. Los organismos a los que se refiere el apartado 1 pueden acordar la realización de transferencias de créditos entre conceptos de las correspondientes secciones, con las limitaciones establecidas por el artículo 5.1. En tal caso, deben comunicarlo al Departamento de Economía y Finanzas.
3. Cada uno de los organismos a los que se refiere el apartado 1 es el ordenador de sus propios pagos.
