Articulo 51 Presupuestos 2012 Murcia

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Artí­culo 51. Avales.

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1. Durante el ejercicio 2012, el importe total de los avales a prestar conjuntamente por la Administración General de la Comunidad Autónoma, el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia y el Instituto de Fomento no podrá exceder de 500.000.000 de euros. Dentro de este lí­mite, la Consejerí­a de Economí­a y Hacienda autorizará el importe de los avales que puede prestar el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia y el Instituto de Fomento.

2. Dentro del lí­mite y una vez autorizado de conformidad con el apartado anterior, el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia podrá otorgar avales a favor de quienes integren el sector público regional, así­ como al sector privado, exigiéndose en este último caso como salvaguardia del riesgo las correspondientes garantí­as.

3. Hasta el lí­mite autorizado de conformidad con el apartado primero, el Instituto de Fomento podrá otorgar avales a favor de empresas privadas, exigiéndose como salvaguardia del riesgo garantí­a hipotecaria. No obstante lo anterior, la consejerí­a competente a la que está adscrito el Instituto de Fomento podrá autorizar a éste a concertar operaciones de aval a favor de empresas privadas con otro tipo de garantí­as adecuadas distintas a la hipotecaria.

4. En el supuesto de otorgamiento de avales por parte del Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia durante el ejercicio 2012, la posibilidad de renuncia al beneficio de excusión, prevista en el artí­culo 81.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, se podrá utilizar respecto del sector privado con carácter excepcional y por razones suficientemente fundadas, siempre que esté precedida por la autorización por unanimidad del Consejo de Administración del Instituto.

5. La Consejerí­a de Economí­a y Hacienda informará a la Comisión de Economí­a, Hacienda y Presupuesto de la Asamblea Regional de la concesión, reducción y cancelación de avales, en el caso de que se produzcan estas operaciones.