Articulo 51 Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Generalitat
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»Artículo 51. Compromiso de servicio
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El centro directivo gestor de «1 1 2 Comunitat Valenciana» publicará una carta de servicios, en la que se establecerán los compromisos explícitos contraídos para la correcta ejecución de las funciones que desarrolla.
