Articulo 51 Protección co... de Aragón

Articulo 51 Protección contra la contaminación acústica de Aragón

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Artículo 51. Vinculación con el orden jurisdiccional penal.

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Cuando el instructor de un expediente sancionador apreciase que una infracción pueda revestir carácter de delito, lo pondrá en conocimiento del órgano judicial competente, suspendiéndose la tramitación del expediente mientras la autoridad judicial esté conociendo del asunto.