Articulo 51 Reglamento del Congreso de los Diputados
- El título del Reglamento queda redactado del siguiente modo: «Reglamento del Congreso de 10 de febrero de 1982». - Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados de 10 de febrero de 1982.
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»Artículo 51.
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Son Comisiones no Permanentes las que se crean para un trabajo concreto.
Se extinguen a la finalización del trabajo encomendado y, en todo caso, al concluir la legislatura.
