Articulo 51 Reglamento de...de Navarra

Articulo 51 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra

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Artículo 51. Reconocimiento previo.

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1. El reconocimiento previo de las reses se llevara a cabo con una antelación mínima de 24 horas respecto de la hora de inicio del espectáculo.

2. La empresa deberá disponer de, al menos, un sobrero si el número de reses de una misma clase a lidiar es de seis o menos, y de dos sobreros en caso contrario. En la plaza de Pamplona se exigirá en todo caso un mínimo de dos sobreros. Si se fuera a celebrar una serie de espectáculos consecutivos con el mismo tipo de reses, se exigirá la existencia de un número mínimo de sobreros equivalente a la mitad más uno del número de espectáculos.