Articulo 51 Sistema unive...de Galicia

Articulo 51 Sistema universitario de Galicia

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Artículo 51. Órganos competentes.

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La competencia para imponer las sanciones reguladas en la presente ley corresponde a los órganos siguientes:

a) La imposición de sanciones en caso de infracciones graves o muy graves corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia de universidades.

b) La imposición de sanciones en caso de infracciones leves corresponde a la persona titular del órgano superior de dirección en materia de universidades.