Articulo 51 TR de la Ley ...de Euskadi

Articulo 51 TR. de la Ley del Patrimonio de Euskadi

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Artículo 51.- Competencia y procedimiento.

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1.- Las afectaciones, desafectaciones, adscripciones, desadscripciones y mutaciones demaniales de los bienes del patrimonio de Euskadi se producen de forma expresa, tácita o implícita según lo dispuesto en este título.

2.- Compete a la entidad que conforme al artículo 6 de esta ley ostenta la titularidad del bien o derecho, de oficio o a instancia del departamento o entidad interesada, acordar los actos expresos correspondientes y ordenar o, en su caso, instar la anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos del Patrimonio de Euskadi, tanto de las producidas de forma expresa como de las producidas de forma tácita o implícita. Cuando la titularidad del bien o derecho corresponda a la Administración general de la Comunidad Autónoma, la competencia será ejercida por el departamento competente en materia de patrimonio.

3.- La solicitud de afectación, adscripción o mutación deberá expresar la finalidad prevista. En el caso de entidades dependientes o vinculadas con un departamento, las solicitudes que se realicen a la Administración general de la Comunidad Autónoma se tramitarán previa conformidad del departamento del que dependen o al que se encuentran vinculadas.

4.- Cuando los bienes o derechos dejaran de ser necesarios para los fines previstos se solicitará la desafectación o desadscripción.

5.- Las actuaciones a que se refiere este título realizadas de forma expresa surtirán efecto a partir de la recepción formal de los bienes o derechos por el departamento o entidad receptora. La recepción formal de los bienes o derechos se podrá efectuar, bien mediante acta de entrega suscrita por los representantes designados por los departamentos o entidades que reciban o entreguen los bienes o derechos, bien mediante acta de toma de posesión levantada unilateralmente por el departamento competente en materia de patrimonio, cuando se trate de actuaciones en las que este departamento deba intervenir.