Articulo 510 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 510. Causas legales de desheredación.
Vigente
Son causas legales de desheredación.
a) Las de indignidad para suceder.
b) Haber negado sin motivo legítimo los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
c) Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente, así como a su cónyuge, si éste es ascendiente del desheredado.
d) Haber sido judicialmente privado de la autoridad familiar sobre descendientes del causante por sentencia fundada en el incumplimiento del deber de crianza y educación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011