Articulo 510 Código del Derecho Foral de Aragón
Articulo 510 Código del D... de Aragón

Articulo 510 Código del Derecho Foral de Aragón

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 510. Causas legales de desheredación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Son causas legales de desheredación.

a) Las de indignidad para suceder.

b) Haber negado sin motivo legítimo los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.

c) Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente, así como a su cónyuge, si éste es ascendiente del desheredado.

d) Haber sido judicialmente privado de la autoridad familiar sobre descendientes del causante por sentencia fundada en el incumplimiento del deber de crianza y educación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011