Articulo 515 Ley de Enjui...o Criminal

Articulo 515 Ley de Enjuiciamiento Criminal

Ver Indice
»

Artículo 515

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Juez o Tribunal que hubiese acordado la prisión del procesado rebelde, y los Jueces de instrucción a quienes se enviaren las requisitorias, pondrán en conocimiento de las Autoridades y agentes de Policía judicial de sus respectivos territorios las circunstancias mencionadas en el artículo 513.